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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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  • jesus.moreno@euroinnova.com
    Participante
    Número de entradas: 1

    Tengo una duda en un ejercicio práctico que agradecería mucho que alguien me resolviese: se trata de un edificio de oficinas de 7000 metros en total con división horizontal dividido en 53 fincas que se dividen en 50 oficinas, que no están abiertas al público (solo acceden los trabajadores de cada empresa) siendo oficinas de entre 30 y 250 metros; y por otro lado y con acceso independiente hay un Restaurante, una guardería y un centro de formación.

    Entiendo que estás 3 últimas propiedades si son locales de pública concurrencia, pero, sería de pública concurrencia la parte de oficinas ?

    alejo
    Superadministrador
    Número de entradas: 20

    Las oficinas de acuerdo a lo que indica la ITC-BT 28 se consideran locales de pública concurrencia si tanto por superficie como actividad pueden albergar a mas de 50 personas ajenas a la instalación, se debe estudiar el caso de cada oficina para considerarla o no.

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